Hijos

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Hijos, ¿Que es el cuidado personal de los menores?
El cuidado personal compartido puede ser de dos maneras: a) alternado: que el hijo conviva un tiempo con cada uno de los progenitores, según la organización y posibilidades de la familia o b) Indistinto: el hijo reside de manera principal en el domicilio de uno de los progenitores, pero ambos comparten las decisiones y se distribuyen de modo equitativo las labores atinentes a su cuidado.
El Juez otorga como primera alternativa, el cuidado compartido del hijo con la modalidad indistinta salvo que no sea posible o resulte perjudicial para el menor. Debes tener en cuenta que en el supuesto de que el cuidado fuera otorgado a uno de los padres el otro tiene el derecho y el deber de una fluida comunicación con el hijo.

 ¿Cómo se decide con quién van a vivir nuestros hijos?
Los dos padres pueden presentarle al juez un acuerdo, que es un convenio en el que pueden pactar:
• El lugar y el tiempo que los chicos pasan con cada padre.
• Las responsabilidades que cada uno asume.
• El régimen para las vacaciones, días feriados, cumpleaños y otras fechas importantes.
Si los padres no presentan un plan, decide el juez.

 ¿Los hijos pueden opinar?
Sí. El juez tiene la obligación de escucharlos y tener en cuenta su opinión, según su edad y grado de madurez.

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